¿Qué necesito para ser docente de un Certificado de Profesionalidad?

Sois muchos y muchas las que nos preguntáis cuáles son los requisitos que debe cumplir un docente para poder impartir un certificado de profesionalidad. También es muy frecuente recibir curriculums que no cumplen esos requisitos como docentes en formación para el empleo ya que la mayoría de CV suelen adolecer de experiencia profesional en la materia que pretende impartirse. Vamos a intentar aclarar dudas… La acreditación mínima del formador la regula el artículo 13 del RD 34/2008 y modificaciones posteriores. El formador  deberá  reunir los requisitos específicos que se incluyan en los módulos en los que se desee acreditar. Estos requisitos deben garantizar el dominio de los conocimientos y las técnicas relacionadas con la unidad de competencia a la que está asociado el módulo formativo (ya que el docente se acredita por módulos), y se verificarán mediante la correspondiente acreditación y/o experiencia profesional en el campo de las competencias. Es decir, el docente debe tener experiencia profesional en el campo que desee acreditar. Es muy importante que la experiencia profesional esté acreditada mediante contrato, vida laboral y certificado de funciones. En el caso de autónomos, deberá elaborar una declaración responsable que deberá estar refrendada por documentación que acredite los proyectos o trabajos realizados como autónomo. Requisitos:  Para acreditar la competencia docente requerida, el formador deberá estar en posesión del certificado de profesionalidad de Formador ocupacional o del certificado de profesionalidad de Docencia de la formación profesional para el empleo (SSCE0110) Del requisito establecido en el párrafo anterior estarán exentos: a) Quienes estén en posesión de las titulaciones universitarias oficiales de licenciado en Pedagogía, Psicopedagogía o de Maestro en cualquiera de sus especialidades. b) Quienes estén en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) o de los títulos profesionales de Especialización Didáctica y el Certificado de Cualificación Pedagógica. c) Así mismo, estarán exentos quienes acrediten la posesión del Máster Universitario habilitante para el ejercicio de las Profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas y quienes acrediten la superación de un curso de formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de máster, establecida en la disposición adicional primera del Real Decreto 34/2008. d) Quienes acrediten una experiencia docente contrastada de al menos 600 horas en los últimos diez años en formación profesional para el empleo o del sistema educativo. Para aquellos docentes que quieran impartir certificados en modalidad de teleformación deberán, además de los requisitos anteriores, acreditar una formación de al menos 30 horas o experiencia laboral en esta modalidad de formación de como mínimo 50 horas. Si cumples los requisitos y te gustaría hacernos llegar tu curriculum, puedes enviarnos tu candidatura al email rrhh@cdmformacion.com con el asunto: EMPLEO DOCENTE Antonio Jiménez Grupo CDM

¿Puedo acceder a la ayuda de 430€ para jóvenes desempleados anunciada por la Ministra Báñez?

Estas últimas semanas se ha hablado mucho sobre los contratos para la formación y el aprendizaje, como consecuencia de la noticia de la Ministra Báñez en la que anunciaba una ayuda de 430€ a jóvenes desempleados que accedan a un contrato de formación. Este tipo de contrato supone la alternancia de la actividad laboral y una acción formativa. La formación será obligatoriamente certificados de profesionalidad o formación profesional, la normativa no ampara otro tipo de formación y la modalidad de impartición debe ser presencial o teleformación («a distancia» en formación profesional). Los requisitos para poder acceder a esta ayuda aún no se conocen, os informaremos en cuanto sean publicados. Lo que sí conocemos son los requisitos para poder acceder a este tipo de contrato, que son los siguientes: ser menor de 30 años, que no haya desempeñado ese mismo puesto de trabajo en la empresa contratante ni haberse beneficiado de este tipo de contrato para el mismo puesto en otra empresa y que no tenga la titulación correspondiente a la formación que van a recibir. Beneficios para el trabajador: Recibe una formación sin coste (lo soporta la empresa) No paga seguros sociales. Posibilidad de obtener una formación oficial a la vez que se trabaja. Si la iniciativa propuesta por la Ministra se aprueba finalmente, el trabajador recibirá una ayuda compensatoria de aproximadamente 430€ Beneficios para la empresa: Las empresa menores de 250 trabajadores no pagarán seguros sociales, las de más de 250 sólo pagarán el 25%. La formación se puede bonificar en su totalidad y este bonificación no consume el crédito formativo para el resto de sus trabajadores. Existe un incentivo de la Comunidad de Madrid para la empresa de 2000€ aproximadamente. La empresa puede bonificarse los gastos del tutor. La empresa forma a un trabajador sin coste para esta. Este tipo contratos supone que el trabajador durante el primer año esté trabajando el 75% de su jornada y formándose el 25% restante, el contrato se puede extender hasta 3 años, durante el segundo y tercer año estos porcentajes varían. En Grupo CDM trabajamos en la actualidad con este tipo de contratos con diferentes empresas del sector y creemos que es una excelente herramienta de inserción laboral para aquellos jóvenes que no tengan estudios en el área en la que estén interesados y quieran acceder al mercado laboral. Antonio Jiménez Grupo CDM

¿Cómo obtener el Certificado de profesionalidad en Atención sociosanitaria? ¡Conoce todas las opciones!

Desde que la semana pasada saliera la resolución provisional de admitidos y excluidos en el PROCESO DE ACREDITACIÓN de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia profesional o vías no formales para profesionales de la «Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales» y de la «Atención sociosanitaria a personas dependientes en el domicilio» muchas son las preguntas que os hacéis. Quiero acreditar mis competencias profesionales ¿Qué opciones tengo? Existen dos vías posibles para la obtención del Certificado de profesionalidad: Realización completa del Certificado de profesionalidad y evaluación positiva de los módulos formativos que lo componen. Muchos son los centros en los que puedes cursarlo de forma presencial o en teleformación (hacerlo a distancia no está permitido, fíjate en eso, es importante!) El centro en el que decidas hacerlo debe estar acreditado oficialmente para la impartición, pide siempre que te muestren la acreditación. Acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación El Real Decreto 34/2008, contempla en su artículo 8 la obtención del certificado de profesionalidad mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. ¿Hay algún proceso abierto actualmente? En la actualidad existen dos procesos para la acreditación por la vía no formales para obtención del certificado de profesionalidad SSCS0208 ATENCION SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES / DOMICILIO.  Ambos están ya en la fase de evaluación, no aceptando ya más candidaturas. Los candidatos admitimos deberán presentarse a un prueba para que el evaluador determine sus conocimientos para que finalmente, si el candidato obtiene un evaluación positiva, pueda obtener el certificado de profesionalidad. También la orden permite la acreditación de unidades de competencia teniendo efectos de acreditación parcial acumulable. Es decir, puede darse el caso de que la administración sólo nos acredite módulos sueltos del certificado, por lo que el candidato deberá de obtener el resto de módulos por su cuenta. En el caso de instituciones existen cuatro módulos formativos: MF1016_2: “Apoyo en la organización de intervenciones en el ámbito institucional”. MF1017_2: “Intervención en la atención higiénico-alimentaria en instituciones” MF1018_2: “Intervención en la atención sociosanitaria en instituciones. MF1019_2: “Apoyo psicosocial, atención relacional y comunicativa en instituciones.” ¿Qué puedo hacer si he obtenido una acreditación parcial o estoy excluid@?  Dos son las opciones. Puedo participar en los planes formativos para trabajadores y desempleados para poder realizar la formación de forma gratuita. Ventajas: es gratuito (y eso siempre es una gran ventaja) Desventajas: las plazas son muy limitadas y deberás cumplir los requisitos de la convocatoria. No es sencillo conseguir una plaza debido a la alta demanda. Además, los horarios son menos flexibles. Serás tú quien deba adaptarse al horario que marque el centro. Realizar el certificado de forma privada (recordamos: siempre en un centro acreditado!) Ventajas: el certificado es exactamente el mismo pero hay más fechas de inicio y más disponibilidad de horarios para aquellos que tengan que compatibilizarlo con su trabajo. Desventajas: es de pago. Si has sido excluid@ del proceso de acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, o simplemente quieres obtener el certificado, en Grupo CDM tenemos varios grupos privados para adaptarnos a tus necesidades. Tenemos centros en Madrid, Alcorcón y Morata de Tajuña y horarios de mañana y tarde ¡Somos centro acreditado y tenemos bolsa de empleo con SARquavitae! Consulta la información completa en: www.certificadoatencionsociosanitaria.com

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